jueves, 29 de septiembre de 2011

SE APRUEBA REFORMA POLÍTICA EN TECATE


El XX Ayuntamiento de Tecate que preside el Arquitecto Javier Urbalejo Cinco, llevó a cabo la sesión de cabildo de carácter extraordinaria No. 36, a la cual asistieron 11 de sus 12 miembros, debido a que el Síndico Procurador Noé Basilio Montiel no pudo estar presente por atender agenda de trabajo.
En la sesión realizada en el Recinto Oficial Permanente del Gobierno Municipal, Benito Juárez García, en cuerpo de cabildo aprobó por unanimidad el punto cuatro del orden del día referente al dictamen no.2 de Comisiones Unidas de Reforma del Estado y de Gobernación. Legislación y Puntos Constitucionales, de la Honorable XX Legislatura de nuestro Estado.
En él se reforman los artículos 5, 8, 11, 12, 14, 15, 18, 22,27,34,35,42,49,79,93 y se derogan el inciso C de la fracción I del artículo 15; párrafos segundo, décimo tercero y décimo cuarto del articulo 34; párrafo segundo de la fracción V del artículo 49, todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.
Los Regidores del XX Ayuntamiento aprobaron el paquete de Reforma del Poder Legislativo del Estado de Baja California, con el que se pretende modernizar el régimen político para impulsar la responsabilidad gubernamental, los mecanismos de participación ciudadana, la transparencia y la rendición de cuentas de funcionarios, con el propósito de generar las condiciones que garanticen un mejor futuro para los bajacalifornianos.
Dentro de lo que contempla este paquete está el Gobierno de Coalición, facultad del Gobernador para optar por este modelo dentro de los 90 días siguientes a la instalación de cada legislatura, acordando las políticas públicas convenidas, turnándolas para su registro y seguimiento al Congreso del Estado.
El acotamiento de Fuero Constitucional, la sanción de juicio político será destitución e inhabilitación entre 6 meses a 20 años. En delitos graves, el procedimiento de desafuero se desahoga en un plazo no mayor de 60 días. En demandas del orden civil no existe inmunidad procesal.
Sanción a representantes que incumplan promesas, los candidatos registrarán ante el Instituto Electoral sus promesas de campaña. De acceder al cargo el Instituto dará seguimiento al cumplimiento y emitirá informes anuales, debiendo remitirlos al Congreso del Estado.
Revocación de Mandato, se establece como derecho de los ciudadanos revocar el mandato de los servidores públicos de elección, por responsabilidad política, responsabilidad penal, incapacidad total y permanente para ejercer el cargo.
Ratificación de Gabinete, el congreso del Estado ratificará al Secretario de Desarrollo Social y al Contralor General de Gobierno. Cuando opte por el Gobierno de Coalición, el Gobernador someterá a cada uno de los Titulares de las Dependencias del Ejecutivo Estatal por separado a ratificación del Congreso del Estado por mayoría simple de los miembros presentes.
Mecanismos de participación ciudadana, se incorporan en la Constitución instrumentos y mecanismos de participación ciudadana: Consulta Popular, Plebiscito, Referéndum e Iniciativa Ciudadana. Se plantea el mecanismo de Consulta Popular para ser convocada en temas de amplio interés estatal a solicitud del Gobernador, Dos tercios del Congreso o del dos por ciento de los ciudadanos. El Instituto Electoral será el Órgano que organice la consulta.
Iniciativa Preferente, se otorga el derecho al Gobernador de remitir al inicio de los períodos ordinarios dos iniciativas para trámite preferente que serán votadas antes de concluir el período.
Mecanismos de Control, informe presencial del Gobernador, con derecho a réplica de los Grupos Parlamentarios. Los Titulares de las Dependencias del Ejecutivo Estatal, estarán obligados a acudir a comparecer, bajo protesta de decir verdad, ante el Pleno o Comisiones.
Se contempla la Moción de Censura, que podrá consistir en apercibimiento o remoción del cargo en contra de los funcionarios ratificados por el Congreso.
Sindicatura Social, se contempla que le sea asignada la Sindicatura Social al partido político que obtenga la primera minoría en la elección a Presidente Municipal sólo en municipios que cuenten con 250 mil o más habitantes.
Candidatura Común, Se incluye en la Constitución del Estado la figura de candidatura común.
Creación del Distrito para Rosarito, crear el XVII Distrito Electoral para playas de Rosarito, garantizando la representación de todos los Ayuntamientos en el Congreso.
Eliminación de Veto Bolsillo, el ejecutivo observe los decretos del Congreso en 15 días, transcurrido ese plazo se publica en el periódico Oficial dentro de los 15 días siguientes. Venciendo el plazo anterior el Presidente del Congreso ordenará su publicación.
Examen Antidoping a candidatos y funcionarios, los candidatos a ocupar un puesto de elección popular, se sujetarán a un examen antidoping y los que resulten electos se someten a examen anual obligatorio. Con carácter obligatorio antidoping a todos los servidores públicos de primero y segundo nivel de los Ayuntamientos y del Gobierno del Estado, así como a los funcionarios del Poder Judicial.
Con este paquete de reformas se busca que la voluntad general y los actores políticos se conviertan en una fuerza legítima.
Antes de dar por concluida la sesión el Alcalde Urbalejo Cinco, felicitó a los integrantes de H. cabildo por la aprobación de la reforma, señaló que Tecate es el tercer municipio en someterla a votación y contar con su aprobación.

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